Después del 28 de julio se comenzará a evaluar cuánto podría subir la remuneración mínima vitial, dijo Grados. (Foto: El Comercio)
Después del 28 de julio se comenzará a evaluar cuánto podría subir la remuneración mínima vitial, dijo Grados. (Foto: El Comercio)

El Alfonso Grados, sustentó este martes el proyecto de Ley de Fomento de Empleo Juvenil, cinco meses después de que la iniciativa fuera presentada al legislativo. En una sesión en la que predominó la calma y se presentaron leves objeciones.

"Estamos en una fase importante. Yo confío que con este ritmo de trabajo, con esta apertura para enfrentar ideas y ver acercamientos, vamos a tener una legislatura muy productiva", indicó en conversación con El Comercio.

Sostuvo que de las 19 propuestas que presentó su sector a fines del 2016, la mayoría han sido aprobadas a través de decretos supremos. En esa línea, se refirió a los Decretos Supremos 7-2017 y el 15-2016, que .  

Fuente: MTPE
Fuente: MTPE

LA REFORMA DEL EJECUTIVO

Durante la primera sesión ordinaria de la Comisión de Trabajo del Congreso, para el período anual 2017-2018, el titular del MTPE defendió la ley del empleo juvenil, que contempla que el Estado asuma el pago del aporte a Essalud por un periodo mínimo de seis meses.

"Puede utilizarse como máximo por tres años por trabajador, por lo tanto puede seguir usándose por otros tres años para nuevos casos. (..) Esta norma garantiza los derechos sindicales al 100%", afirmó, tras indicar que la norma no podrá ser usada para reemplazar al personal contratado.

Durante la sesión, algunos parlamentarios advirtieron que quizás sería más prudente que el Estado asuma primero la deuda que mantiene con Essalud, que suma más de S/3 mil millones. No obstante, la mayoría se mostró de acuerdo con la propuesta. 

El ministro también sustentó los Proyectos de Ley N°1437 y N°1722, relacionados a la inspección laboral. En el caso del primero, contempla que el procedimiento sancionador se suspenda cuando el sujeto inspeccionado (empresa) comunique a la Autoridad Inspectiva del Trabajo que ha sido demandando en el Poder Judicial.

Poryecto de Ley N°1437, que modifica la Ley 28806
Poryecto de Ley N°1437, que modifica la Ley 28806

"Solamente se aplicará cuando la demanda que está en el Poder Judicial ha sido puesta por el trabajador. Los trabajadores estuvieron de acuerdo con la propuesta", explicó el funcionario. 

En tanto el Proyecto N°1722 busca fortalecer la inspección laboral integrando los equipos laborales que existen a nivel regional en torno a Sunafil, contemplando así la creación de la Autoridad Central del Sistema de Inspección del Trabajo. 

Asimismo, el titular del Ministerio de Trabajo sustentó el Proyecto de Ley N°1436, que indica que si no se hubiese llegado a un acuerdo de negociación directa, las partes podrán voluntariamente recurrir al arbitraje. En esa instancia, los árbitros no podrán modificar la propuesta de las partes. Lo que significa que se elegirá solo la propuesta del empleador o del trabajador.

Ley 1436
Ley 1436

"Lo que la normativa está planteando es que exista un plazo mínimo de reuniones, de tres meses o seis reuniones, para que las partes puedan lograr acercamientos antes de optar por un arbitraje", sostiene Grados.

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